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Sábado 19 de Mayo de 2012

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REEMPADRONAMIENTO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS

1 - ¿Cuándo es necesario realizar el trámite?
Todos los Establecimientos que realicen actividades encuadradas en la Ley 11.459, Estaciones de Servicio comprendidas en las Ord. 7043 y 7172, Bocas de expendio de combustibles, talleres de servicios,  Depósitos, y en general a todas aquellas actividades productivas que se encuentran alcanzados por la normativa municipal y cuyo contralor corresponda a la Subsecretaria de Gestión Ambiental.-

2 - ¿Dónde se puede realizar?
En la Dirección de Evaluación Ambiental de la Secretaria de Gestión Ambiental ubicada en el primer piso del antiguo edificio municipal, en Avenida Hipólito Yrigoyen 3865, Lanús Oeste, teléfono 4229-2500, internos 4301. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:30 a 12:30 hs.

3 -¿Quién puede realizar el trámite?
El titular de la instalación o un apoderado del mismo con la acreditación correspondiente.

4-¿Cuánto demora en realizarlo y obtenerlo?
La entrega de la estampilla que acredita el reempadronamiento se entrega en el día.

5- ¿Qué se necesita para realizar el trámite?

Presentar el Formulario correspondiente a la actividad desarrollada (industrial o de servicio). Se pueden visualizar los formularios necesarios para llevar a cabo la tramitación.