1-¿ Cuándo es necesario realizar el trámite?
Deben realizar este trámite todos aquellos propietarios y/o profesionales cuyos inmuebles tengan obras construidas con o sin el correspondiente permiso municipal y en contravención con las normativas vigentes, por ejemplo, exceso de factores de ocupación de suelo (FOS) y factores de ocupación total (FOT), faltas al código de edificación, etc.
2.- ¿Dónde se puede realizar?
El trámite debe iniciarse y finalizarse en la dirección de Catastro y Obras Particulares, ubicada en el segundo piso del edificio lateral del Municipio (Hipólito Yrigoyen 3865, Lanús Oeste.
De todas maneras, el proceso incluye la intervención de otras áreas como Mesa General de Entradas, División de Catastro, Departamento de Alumbrado, Barrido y Limpieza y el Tribunal de Faltas.
3.- ¿Qué se necesita para realizar el trámite?
Completar la planilla de Declaración Jurada que se retira en la mesa de entradas de la Dirección de Catastro y Obras Particulares.
Concurrir a Mesa General de Entradas con dos copias del plano de la obra de acuerdo a las normas de presentación establecidas en el Código de Planeamiento Urbano y Edificación y con la planilla de declaración jurada ya completada (deben constar, entre otros datos, titularidad del dominio, nomenclatura catastral, superficie a regularizar, etc.). Allí se abona un timbrado de $21.-
Una vez presentada la declaración jurada, ésta y el plano serán verificados con la visita de un inspector municipal, luego se procederá a la liquidación de la suma que debe abonarse en concepto de derechos de construcción, por la que el interesado debe volver a la oficina en el lapso aproximado de cinco días hábiles para retirar la liquidación. Luego, tiene treinta días para abonarla.
El paso siguiente es la compra de la “Carpeta de Obra” en la mesa de entradas de la dirección de Catastro y Obras Particulares, este trámite incluye el pago del sellado de catastro, certificado de libre deuda de impuestos municipales y el costo de carpeta.
Debe presentarse además el libre deuda de infracciones expedido por el Tribunal Municipal de Faltas.
Luego de comprar la carpeta y abonar lo correspondiente, la carpeta debe ser presentada en la División de Catastro donde se certifican los datos de la escritura, se otorga la numeración de frente si es necesario, etc. Si no hay observaciones, el tiempo que demora esta etapa aproximadamente es de una semana.
El siguiente paso es concurrir al departamento de Alumbrado, Barrido y Limpieza donde se deja la carpeta para la verificación dela existencia o no de deuda. La duración del trámite puede ser de diez días $40.- (simple) y $84.- (urgente).
Luego la carpeta debe ser ingresada nuevamente en Obras Particulares donde se adjunta al expediente.
Posteriormente, se envía otra inspección para verificar si se mantienen en la obra las condiciones declaradas. Se procede entonces a realizar un visado. Puede haber observaciones hechas por el inspector.
Seguidamente se retira la carpeta. Si hubiera observaciones, deben ser corregidas.
Nueva presentación de la carpeta completa (con todo lo que se solicite para cada caso particular y siempre de acuerdo al código de construcciones), Se realiza en esta instancia la reliquidación y se registra la obra.
4.- ¿Quién puede realizar el trámite?
El propietario (solo en la instancia de la presentación primera) y el profesional responsable (maestro mayor de obra, ingeniero o arquitecto o gestores que acrediten que trabajan para ellos).
5.- ¿Cuánto demora en realizarlo y obtenerlo?
Una vez iniciado el trámite (antes de cumplidos 90 días, a partir del 10 de junio de 2008, que es el tiempo de vigencia de esta Ordenanza) dependerá no solo de la demora de la visita del Inspector (que se realiza dentro de los días), sino del desarrollo posterior de cada instancia, por ejemplo, el tiempo en que se realice el retiro de la liquidación por parte del interesado (que puede concurrir a los cinco días de la inspección), la tramitación del libre deuda del Tribunal de Faltas y de la averiguación de deudas (diez o cinco días , según la necesidad del contribuyente), la certificación del libre deuda de impuestos municipales (diez o cinco días), y el tiempo en que tarde en liquidar el pago, dado que la primera estimación luego de la primer inspección (que determina el pago del 75% del total) puede abonarse dentro de los treinta días, etc.
6.- ¿Cuánto cuesta?
El costo total del registro de la obra dependerá de la obra en cuestión.
Los costos propios del trámite son los siguientes:
Timbrado de $ 21.- que se abona en Mesa Gral. de Entradas al inicio del proceso.
Verificación de deuda de alumbrado, Barrido y Limpieza: Si se pide en forma urgente el costo es de $ 101.- y si se realiza en plazo normal es costo es de $ 60.-
Compra de la carpeta de obra completa: $89.- (incluye sellado de catastro, $16.- certificado de libre deuda de impuestos municipales, $40.- de carpeta), inscripción del profesional, $ 87.-, nota común, $ 14.-
Si se solicita realizar el libre deuda con mayor urgencia el costo aumenta en:
Si hay deudas de impuestos municipales deberán ser abonadas.
Derechos de Construcción: el monto varía de acuerdo al tipo y a la superficie de la construcción (ver Ordenanza).
7.- Aclaraciones/ Observaciones
La Ordenanza tendrá vigencia por noventa días a partir del 10 de junio. Esta guía de procedimientos es válida para quienes deban regularizar el estado de sus construcciones y no para los trámites habituales.
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